La seguridad contra incendios es un aspecto necesario en cualquier medio de transporte. Los extintores portátiles no solo son una medida de seguridad, sino que también son obligatorios en muchos casos para cumplir con la normativa vigente. En este artículo, abordaremos cuántos extintores deben llevar los transportes públicos y de personas, los tipos recomendados y los lugares donde son obligatorios.

¿Cuántos Extintores Hay que Llevar en los Transportes Públicos y de Personas?

La cantidad de extintores necesarios varía según el tipo de vehículo y su uso. Según el Reglamento General de Vehículos y la normativa UNE 23110, se establece lo siguiente:

  1. Autobuses y autocares:
    • Vehículos con capacidad de hasta 23 plazas deben llevar al menos un extintor de 2 kg.
    • Vehículos con más de 23 plazas deben contar con al menos dos extintores de 6 kg cada uno.
  2. Taxis y VTC (vehículos de turismo con conductor):
    • Es obligatorio llevar un extintor de 2 kg.
  3. Vehículos de transporte de mercancías:
    • La cantidad y el tipo de extintor dependen del tamaño y la categoría del vehículo, siendo común uno o dos extintores de 6 kg.

¿Qué Tipo de Extintores Deben Llevar los Transportes Públicos y Personas?

El tipo de extintor también está definido por la normativa y debe ajustarse al tipo de incendio que podría generarse en el vehículo. Los tipos más comunes son:

  1. Extintores de polvo ABC:
    • Cubren incendios de materiales sólidos, líquidos inflamables y gases. Son los más utilizados en vehículos de transporte.
  2. Extintores de CO₂ (dióxido de carbono):
    • Ideales para incendios eléctricos, ya que no dejan residuos y protegen equipos sensibles.
  3. Extintores de espuma:
    • Recomendados para vehículos que transportan combustibles líquidos o productos inflamables.

¿Dónde Son Obligatorios los Extintores?

Los extintores son obligatorios en diversos tipos de vehículos según las normativas locales y europeas:

  • Autobuses y autocares: La obligatoriedad incluye tanto el transporte urbano como el interurbano.
  • Taxis y VTC: En muchos municipios, la normativa local exige al menos un extintor en cada vehículo.
  • Camiones y vehículos de transporte de mercancías peligrosas: Están regulados por el ADR (Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas).
  • Vehículos escolares y de menores: La normativa especifica la cantidad y ubicación de los extintores dentro del vehículo.

Beneficios de Contar con Extintores en Vehículos

  • Prevención de accidentes mayores: La posibilidad de apagar un incendio en sus inicios puede salvar vidas y inmuebles.
  • Cumplimiento legal: Evita sanciones por incumplimiento de normativas.
  • Confianza del usuario: Los pasajeros se sienten más seguros al saber que existen medidas de protección.

Extintores en vehículos de Transportes Públicos y de Personas: Requisitos y normativa

Los extintores que se instalen en vehículos de nueva matriculación, así como los que se repongan en vehículos que estén obligados a llevarlos según el Reglamento General de Vehículos, deben ser portátiles, manuales y cargados con polvo seco. Estos extintores deben cumplir con:

  • Reglamento de Aparatos a Presión, aprobado por el Real Decreto 1244/1979, de 4 de abril.
  • Instrucción Técnica Complementaria (ITC) MIE-AP 5.
  • Normativa sobre extintores incluida en el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI), aprobado por el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre.

Cantidad y clasificación de extintores según el tipo de vehículo

De acuerdo con la norma UNE 23110-1:1996 (EN3), los vehículos obligados deben llevar extintores con las siguientes características mínimas:

A) Vehículos para transporte de personas:

  1. Hasta 9 plazas (incluido el conductor): 1 extintor de clase 5A/21B (por ejemplo, taxis y minibuses).
  2. Entre 10 y 23 plazas: 1 extintor de clase 8A/34B.
  3. Más de 23 plazas: 1 extintor de clase 21A/113B.

B) Vehículos para transporte de mercancías:

  1. Hasta 1.000 kg de MMA: 1 extintor de clase 8A/34B.
  2. Entre 1.001 y 3.500 kg de MMA: 1 extintor de clase 13A/55B.
  3. Entre 3.501 y 7.000 kg de MMA: 1 extintor de clase 21A/113B.
  4. Entre 7.001 y 20.000 kg de MMA: 1 extintor de clase 34A/144B.
  5. Más de 20.000 kg de MMA: 2 extintores de clase 34A/144B.

Revisiones obligatorias de los extintores

Para garantizar el buen funcionamiento de los extintores, se deben realizar las siguientes revisiones:

  1. Cada 3 meses: Inspección visual realizada por el propietario.
  2. Cada 12 meses: Revisión completa por un servicio técnico autorizado.
  3. Cada 5 años: Retimbrado obligatorio.
  4. Vida útil máxima: Los extintores no deben superar los 20 años desde su fabricación.

Conclusión

Los extintores en vehículos de transporte no solo son una obligación legal, sino también una herramienta indispensable para garantizar la seguridad de los pasajeros y del conductor. Es vital contar con el número adecuado, el tipo correcto y mantenerlos en condiciones óptimas de funcionamiento.

Preguntas Frecuentes:

  1. ¿Es obligatorio llevar un extintor en un coche particular?
    • No es obligatorio en España, pero es altamente recomendable.
  2. ¿Con qué frecuencia se deben revisar los extintores de los vehículos?
    • Se deben revisar anualmente y recargar cada 5 años.
  3. ¿Qué sanciones existen por no llevar extintor?
    • Las multas pueden variar entre 200 y 500 euros dependiendo del tipo de vehículo y la normativa local.

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